DE DIFUSIÓN INMEDIATA
Junio 24, 2003
(214) 467-0123/(512) 463-0123
En esta sesión, fui autor del Proyecto de Ley Senatorial (SB) 1477, una medida que ha generado un debate considerable. Pronta a convertirse en ley, la medida brindará un gran alivio –así como una segunda oportunidad—a posiblemente miles de tejanos.
La ‘adjudicación diferida’ es parte de la ley de Texas desde hace casi 30 años, mucho antes de que se conociera toda tecnología disponible hoy en la era del Internet. La intención original fue darle a aquellos acusados de crímenes menores una oportunidad de “borrón y cuenta nueva”. La ley da a jueces y jurados otra alternativa aparte de la encarcelación, manteniendo la supervisión hasta que el individuo se considera totalmente rehabilitado y absuelto de los cargos. Como resultado, la defensa ha asesorado a clientes durante años que al aceptar y finalizar la sentencia diferida, los delitos no crearán antecedentes criminales permanentes.
Cuando se introdujo originalmente la adjudicación diferida, sólo agencias de la ley y entidades públicas selectas tenían acceso a los registros criminales. Los registros oficiales contenían los cargos delictivos y el fallo de la corte --o sea la absolución en el caso de sentencia de adjudicación diferida. Pero ahora vivimos en una época donde los ciudadanos pueden hallar y examinar los antecedentes criminales de otra persona sólo pulsando una tecla. Aquellos que no tienen esa capacidad pueden, por un precio, solicitar los servicios de una compañía que puede examinar el registro de arresto, cargos y adjudicación diferida de cualquier individuo que quiera investigar.
Parte del problema de vivir en una era electrónica es que debemos ser constantemente conscientes del equilibrio correcto entre el derecho a la información pública y el derecho individual a la privacidad. La medida SB 1477 restituirá algo de sentido común al proceso.
Para que se sepa, creo firmemente que una persona que comete un crimen debería ser sujeta a la gama completa de sanciones posibles bajo la ley. Pero la adjudicación diferida no es una condena criminal. Así lo establece la ley. Para mí, eso significa que alguien que ha sido absuelto con una sentencia diferida debería poder rehacer su vida sin la marca de un antecedente criminal y sin tener que sufrir las desventajas que una condena puede causar en la vida familiar de la persona, en su carrera, en su futuro.
Mi oficina ha recibido numerosos llamados de personas a las que se les ha negado alquilar una propiedad u obtener empleo. Durante audiencias de comité sobre el Proyecto de Ley Senatorial (SB) 1477, recibimos testimonio de un individuo al que se le negó el seguro de vida para sus hijos. Esto por un acto cometido hace más de diez años, por el que había recibido adjudicación diferida y por lo tanto no fue condenado.
La aprobación de la SB 1477 se dio después de intensas negociaciones con fiscales y miembros de nuestras agencias de la ley, con las que se creó una medida razonable que establecería un balance justo entre el derecho público a la seguridad y el derecho individual de no ser maniatado por un crimen que no resultó en condena. La legislación contiene muchos cambios recomendados por esos grupos, incluyendo provisiones que prohíben cerrar los registros de aquellos culpados de delitos de intoxicación como el manejar ebrio, homicidio involuntario por ebriedad, o a toda persona que ha sido registrada como delincuente sexual. Además, he trabajado cercanamente con defensores de víctimas de violencia doméstica, por eso la medida no incluye a aquellos culpables de acecho ilegal, violación de orden de protección u otro delito de leyes que protegen a miembros familiares. Las personas culpables de crímenes contra menores, ancianos o discapacitados tampoco son elegibles.
Las agencias de justicia en lo criminal tendrán acceso a antecedentes cerrados bajo la medida SB 1477, como también lo tendrán los distritos escolares. Las personas a las que se garantiza el cierre de sus registros pero que cometen una infracción posterior no podrán ocultar sus cargos aplazados ante un jurado.
Tal vez la mayor garantía de que esta medida es una buena legislación pública es la provisión que dispone que, después de completar exitosamente una sentencia diferida, el individuo debe presentarse otra vez ante la corte para requerir que sus antecedentes sean cerrados al público.
La Legislatura actuó una vez, en la pasada sesión, aprobando una medida similar para reformar la adjudicación diferida. El Proyecto de Ley Senatorial 1477 ha sido esta vez firmado por el Gobernador Perry, habiendo sido aprobado por ambas cámaras de la Legislatura, y por márgenes significativos, durante la Sesión 78°. Claramente, ésta es una medida moderada y equilibrada que representa un compromiso entre el derecho público a la información y el derecho individual a la privacidad.
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