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Senador Juan "Chuy" Hinojosa: Distrito 20
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COLUMNA DE OPINIÓN
24 de enero de 2022
Contacto: (512) 463-0120
Se pone fin al uso indebido de los contratos de eficiencia energética por parte de los gobiernos locales
Columna del senador Juan “Chuy” Hinojosa, enero de 2022

Una investigación federal en curso reveló hace poco que algunos funcionarios electos locales del condado de Hidalgo oeste estaban haciendo un uso indebido de los contratos de eficiencia energética (ESPC, por sus siglas en inglés) para obtener sobornos y comisiones ilegales. La extensa investigación involucra a Performance Services Inc. ("PSI"), una compañía establecida en Indiana que convenció a estos gobiernos locales de pedir prestado millones de dólares para proyectos de “ahorro energético”. La investigación salió a la luz cuando cinco gobiernos locales y más de una docena de funcionarios públicos y compañías vinculadas a ellos recibieron citatorios de gran jurado en mayo de 2021. Mientras el FBI continúa su investigación, la fiscalía federal ya garantizó la condena de un miembro del consejo directivo del distrito escolar independiente (ISD, en inglés) de La Joya, quien admitió haber recibido más de $234,000 en comisiones ilegales.

También se ha abusado de los contratos ESPC de otras maneras. En la última sesión, logré la aprobación del Proyecto de Representantes 3583, que busca abordar el tema del mal uso de estos contratos. Recientemente, hubo instancias en las que los gobiernos locales usaron los ESPC como alternativa para redactar contratos sin llamar a licitación y así esquivar la normativa de contratación para proyectos de obras públicas. Se estaba haciendo una ampliación indebida del alcance original de los contratos para construir instalaciones y estructuras que no correspondían.

Para entender el uso ilícito que se hizo de este tipo de contratación hay que saber un poco sobre cómo funcionan los ESPC. En general, al contrato ESPC lo proponen los contratistas de construcción o empresas de servicios como estrategia de venta: les dicen a las autoridades locales que se están perdiendo miles de dólares en gastos energéticos y que la solución es un ESPC. Si bien lo habitual es pensar en los ESPC como un mecanismo de financiamiento, lo más preciso sería caracterizarlos como un método de contratación de construcción para proyectos de aumento de capitales de energía, agua y recursos renovables que se pagan con los fondos ahorrados gracias a la eficiencia energética y los costos operativos menores. Los gobiernos locales contratan compañías como PSI con los mismos métodos de contratación que se usan para adquirir los servicios profesionales de arquitectos o ingenieros. La ley estatal prohíbe el uso del método de contratación para proyectos de construcción más completo que ofrece mejor regulación de la licitación y más transparencia. Esta ley, en lo que compete a los ESPC, se debe modificar.

El costo de los ESPC se puede aumentar por millones de dólares con tan solo ejecutar una “orden de cambio” propuesta por el contratista. Un proyecto de contrato ESPC que empieza con un enfoque muy definido y acotado para mejorar ciertas instalaciones en seguida puede convertirse, con una orden de cambio, en una propuesta para reformar los sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado (HVAC), y los sistemas de iluminación, plomería y agua. Al expandir el alcance del proyecto, los contribuyentes pueden incurrir en gastos aún mayores si los ahorros prometidos finalmente no se materializan.

La HB 3583 aborda, en parte, este problema. La medida prohíbe que se apliquen ciertas órdenes de cambio a los ESPC y especifica que estos contratos no incluyen el diseño o construcción nueva de determinados proyectos de agua. La prohibición se aplica a condados, ciudades y otras subdivisiones políticas de este estado, pero no a los distritos escolares. La intención nunca fue que los ESPC abrieran la puerta a una acumulación masiva de deuda pública en el nombre del ahorro energético, socavando la transparencia y competencia.

En la práctica, es posible que los ESPC se basen en promesas “demasiado buenas para ser ciertas” que no cumplen los ahorros estipulados y dejan a los contribuyentes a cargo de gastos de los proyectos de construcción costosos. Las entidades gubernamentales suelen establecer contratos de arrendamiento con opción de compra (LPA, en inglés) con la compañía de servicios para financiar el costo inicial del ESPC. Los LPA implican un problema porque también son un instrumento de deuda que no requiere la aprobación del constituyente en las urnas. Las entidades pueden evitarse los referéndums al considerar los LPA como transacciones fuera del balance general si estos incluyen determinadas clausulas. PSI firmó contratos con la ciudad de Mission en 2021, el distrito escolar independiente de La Joya en 2017 y el distrito de servicios especiales Agua en 2018. La Joya acordó tomar un préstamo por $44 millones para su proyecto de dos etapas, Mission accedió a uno por $17.3 millones para el suyo y el contrato ESPC de Agua SUD ascendió a los $11.5 millones.

Dada la investigación actual que realiza el FBI, seguiré estudiando el método de contratación de los ESPC y la falta de supervisión de los gobiernos locales y los distritos escolares respecto a su aplicación. A diferencia del uso de estos contratos que hacen las agencias estatales e instituciones de educación superior, no existe una agencia estatal que trace lineamientos y apruebe los contratos tras verificar que los ESPC establezcan los montos de necesarios de ahorros garantizados. También investigaré las limitaciones a las órdenes de cambio impartidas a los distritos escolares conforme a la HB 3583. Se debería poder terminar con esta laguna legal, que implica importantes riesgos económicos y operativos, en todas las entidades gubernamentales.

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